¿Una institucionalización de la Responsabilidad Social Corporativa en los países a “gobernanza perfectible”?


El pasado 20 de abril, Enrique Pena Nieto, presidente mexicano, firmo el Memorándum de Entendimiento con el Instituto Danés por los Derechos Humanos. Este protocolo tiene por objetivo de desarrollar un programa nacional de Derechos Humanos et de Empresas para garantizar et fortalecer esos respectos en México.

Este informe ha construido como un guía practico para ayudar las empresas a comprender sus obligaciones en materia de Derechos Humanos. En primer lugar, el Memorándum alienta las empresas a incluir los derechos humanos en sus códigos de conducta, promocionando la elaboración de un informe de Responsabilidad Social Corporativa (RSC) y una legislación para garantizar los derechos humanos en las actividades de las empresas.

La firma de este memorándum responde a los esfuerzos de un grupo de trabajo mexicano «Empresas y Derechos Humanos » que coordinaba la Dirección General de las políticas públicas en materia de Derechos Humanos. En este grupo fueron presente distintas partes interesadas a saber institucionales gubernamentales, empresas, organizaciones de la sociedad civil, sindicatos y instituciones académicas.

Aunque apunta a encuadrar las practicas, este informe no es limitativo para las empresas, pero marca una tendencia a legislar la RSC. Se inscribe en un proceso global de institucionalización de la Responsabilidad Social Corporativa en los países con gobernanza perfectible, donde existe más una cultura de mecenazgo que de RSC.

El desarrollo de la RSC necesita un contexto de negocios estructurado, en que diferentes actores convierten este método en acciones concretas, que provocan efectos sobre todo el tejido económico. Como Senegal o Marruecos, la voluntad del Estado mexicano de promover la RSC, de garantizar su regulación y de facilitar las consultaciones entre las partes interesadas, marca una condición previa a su desarrollo.

Sin embargo, el desconocimiento del concepto de la RSC y de sus beneficios representa el mayor obstáculo a la difusión de la RSC en Latinoamérica y África. Estas iniciativas que traducen principios directores de la OECD y de la ONU sobre el deber de vigilancia de las empresas, necesita de adaptar las prácticas de la RSC a las realidades sociales de cada país. Eso constituye uno de los objetivos de la comisión RSC del CIAN (Comité de los Inversores franceses en África en sus siglos franceses).

Podemos deducir de esas iniciativas que:

– Los países de Latinoamérica y de áfrica que inician procesos de RSE tienen cuenta de las mutaciones sociales, normativas y digitales del comercio internacional.

– La integración progresiva de la RSC seria quizás une medio de paliar a la regulación de las violaciones a los derechos humanos en México. La lógica internacional y también el dialogo de las partes interesadas que implica la RSC representan palancas de influencia.

Pierre-Samuel Guedj – Presidente de Affectio Mutandi y Presidente de la comisión RSC del CIAN (Comité de los Inversores franceses en África en sus siglos franceses).ps.guedj@affectiomutandi.com